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jueves, agosto 30, 2012

Corral, Hernán Ley de Derechos de los Pacientes y «muerte encefálica»

Corral, Hernán
Profesor Derecho Civil
U. de los Andes


Corral, Hernán
Ley de Derechos de los Pacientes y «muerte encefálica»

Es destacable que la Ley de Derechos de los Pacientes haya contemplado la facultad de las personas a renunciar a tratamientos médicos que prolongan artificialmente la vida, para permitir que se les deje morir en paz. Esto nada tiene que ver con el movimiento que promueve la eutanasia o suicidio asistido. La ley precisa que "en ningún caso el rechazo a tratamientos podrá tener como objetivo la aceleración artificial de la muerte, la realización de prácticas eutanásicas o el auxilio al suicidio".

Por lo mismo, resulta desconcertante una disposición que señala que "tratándose de personas en estado de muerte cerebral", la defunción se certificará "con prescindencia de la calidad de donante de órganos que pueda tener la persona" (art. 19). Recordemos que el diagnóstico de la muerte por abolición total e irreversible de las funciones encefálicas está autorizado cuando se necesita recurrir a esta forma de certificación de la muerte porque no es posible utilizar el criterio tradicional de comprobación del cese de las funciones cardio-respiratorias. El único supuesto en que ello es justificado es la extracción de órganos para efectuar un trasplante. No se entiende, entonces, con qué propósito se incurriría en el complejo y costoso procedimiento clínico que desemboca en la comprobación de un fallecimiento por criterios de cese de funciones encefálicas, si no se trata de una persona que sea donante y con miras a un trasplante de órganos.

No puede tratarse de un requisito para que el paciente pueda ser desconectado de un ventilador o de otro mecanismo de soporte vital si se los consideran medios desproporcionados que alargan innecesariamente la vida. En estos casos, se aplica la prohibición del "encarnizamiento médico" y el derecho a morir dignamente; no se requiere que se declare al paciente en un presunto "estado de muerte": si tiene derecho a morir, es porque aún no ha muerto.

Por lo demás, en su momento y ante las divergencias que existen en la medicina sobre la suficiencia de la abolición de funciones encefálicas como criterio de muerte, el Tribunal Constitucional zanjó la controversia entendiendo que la ley era constitucional en cuanto no había una muerte especial para trasplantes, sino una forma de diagnóstico precoz de la única, real e inequívoca muerte del individuo, y que tal diagnóstico —siempre riesgoso por los abusos y errores que puede conllevar— se justificaba sobre la base de los beneficios que traía para otra persona la realización de un trasplante.

Tanto por el derecho a morir con dignidad que la Ley de Derechos de los Pacientes consagra como por su armonización con la Ley de Trasplantes y la interpretación constitucional de ésta, ha de concluirse que el precepto que autoriza la certificación de la muerte por criterios neurológicos sólo es admisible con miras a la realización de un trasplante y está vedado para otros objetivos.


Fuente:EMOL

Saludos
Rodrigo González Fernández
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nociones de eutanasia

LA EUTANASIA
 

Primero empezare comentando que el termino de eutanasia viene del griego eu(buena) thanatos(muerte). Hoy en día desde el punto de vista jurídico el término es utilizado para referirse a la muerte provocada por voluntad propia, sin sufrimiento de aquellas personas que padecen de enfermedades terminales y que diariamente les suministran medicamentos que ayudan a aliviar el dolor mas no ha erradicar la enfermedad. Respetando la posición de cada persona estoy de acuerdo con la eutanasia.

Por las razones anteriores no estoy de acuerdo que las personas que sufren y que no pueden llevar una vida digna a quien les cuesta un grandísimo esfuerzo el vivir todos los días no se le conceda la oportunidad de poder morir, este caso lo podemos aplicar al que vimos en la película que la persona que por años vivió con su discapacidad finalmente quería morir porque sentía que estaba muerto en vida ya que no podía moverse, en esta misma situación tomaría su posición porque para mí la vida no es estar consciente, ni tener un corazón latiendo sino de tener la oportunidad de poder disfrutarla correr, comer es decir interactuar con todos los sentidos y facultades que Dios nos regala a la mayoría de seres humanos al nacer. En el caso de las personas que se encuentran en coma y viviendo con la ayuda de respiradores artificiales y tienen muerte cerebral también estoy de acuerdo que se la aplique la eutanasia aunque no estén consciente en ese momento para que se han ellos mismo los que tomen la decisión diría yo que si fuera mi caso preferiría que darle fin a esta situación en el caso de que los médicos no den ninguna posibilidad de recuperación por mas que se tenga las esperanzas de que se recuperan la mayoría no lo hacen o si lo hacen terminan con problemas mentales entonces mi pregunta ¿para qué vivir así? ¿Esto será vida? Después de haber sido personales normales y llegar a no serlo será fácil este cambio para nuestra familia. La verdad es que nunca quisiera ser una carga para ella por mas que ellos no lo sintieran así quisiera que simplemente me dejaran descansar al verme en una camilla solamente hay un cuerpo porque el alma y el espíritu no esta. La situación actual en Colombia es la siguiente el 15 de mayo de 1997, la Corte Constitucional colombiana despenalizó el homicidio por piedad que hasta esa fecha se sancionaba con prisión de seis meses a tres años. Se considera que en el caso de los enfermos terminales que expresen su voluntad libre de poner fin a su vida, no se puede señalar al medico como responsable pues la conducta esta justificada.

Sin embargo, a fecha de hoy el congreso no ha emitido una reglamentación en que se defina claramente en qué circunstancias y de qué maneras la eutanasia puede ser aplicada lo cual se puede prestar para excesos, abusos e injusticias

La posición de la iglesia ante este tema tan polémico ha estado en contra de la posición de quienes están de acuerdo con la eutanasia ya que afirma que la vida solo la quita quien la da en este caso es Dios que el hecho o de dejar de prestar los cuidados médicos aun sabiendo que la enfermedad va a seguir también es ilegal, o dejar de suministrar medicamentos a pacientes que están en coma el solo hecho del que el cerebro conserve ciertos funciones vitales


Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
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