TU NO ESTAS SOLO O SOLA EN ESTE MUNDO SI TE GUSTO UN ARTICULO, COMPARTELO Y ENVIALO A LAS REDES SOCIALES, FACEBOOK TWITTER

martes, noviembre 29, 2005

MAS SOBRE PROYECTO LEY CLONACION

Veto presidencial mantiene en debate el proyecto sobre clonación
29 de Noviembre de 2005
El proyecto de ley que prohíbe la clonación y que regula la investigación científica en el genoma humano, cuya tramitación en el Congreso Nacional se inició en 1997 y se había dado por finalizada el 18 de octubre de 2005, aún no puede ser ley. Esto porque el Presidente de la República envió un veto aditivo, es decir, solicitó que se incorpore un nuevo texto al proyecto antes de promulgarlo. El veto involucra al artículo 1° del proyecto. Tal como está hoy, dice: "Esta ley tiene por finalidad proteger la vida de los seres humanos, desde el momento de la concepción, su integridad física y psíquica, así como su diversidad e identidad genética, en relación con la investigación científica biomédica y sus aplicaciones clínicas". Justamente este artículo, por sus implicaciones valóricas, es el que más debate generó entre los parlamentarios, pues se estimó que el proyecto, al decir que protege "la vida de los seres humanos, desde el momento de la concepción", no sólo está fijando el momento desde el que se empiezan a proteger los derechos de alguien que está por nacer: está definiendo cuándo comienza la vida de una persona, cosa que, según sus opositores, no es función de una ley. Si bien coincide con la opinión de la Iglesia Católica de que el ser humano nace en el preciso momento en que un óvulo es fecundado, en general ese tema aún no está decidido, especialmente en círculos científicos. Hay diversas opiniones sobre cuándo la célula que es el óvulo fecundado se convierte realmente en un ser humano. Hay quienes dicen que es a las 30 horas, con la primera división de la célula; otros hablan del quinto día, cuando las células del embrión comienzan a diferenciarse, y otros fijan ese momento en los 15 días, cuando comienza a formarse el sistema nervioso. Además, si queda fijado por esta ley el momento en que un ser humano es tal, habrá actividades médicas que, si bien no están normadas, podrían ser consideradas ilegales o incluso inconstitucionales, como técnicas de fertilización asistida o de anticoncepción. En cuanto a las primeras, es parte habitual de sus procedimientos la manipulación, daño o destrucción de óvulos fecundados, lo que, a la luz del proyecto, algunos podrían considerar como delitos. En cuanto a la anticoncepción, lo mismo podría pensarse de la píldora del día después, que evita que un óvulo fecundado se implante en el útero y comience su desarrollo (de hecho, algunas organizaciones consideran esta píldora como abortiva). Por esto el veto del ejecutivo propone añadir un párrafo al artículo 1°, que dice: "Sin embargo, sus disposiciones no se aplicarán respecto de los procedimientos y técnicas cuyo único propósito sea lograr la reproducción asistida de los seres humanos, ni respecto de los mecanismos de anticoncepción". Con esto se espera que la ley, de entrar en vigencia, no se contradiga con prácticas médicas que llevan largo tiempo en el país y así separarlas de la discusión valórica. El veto ingresó al Senado el 18 de noviembre de 2005, donde permanece en discusión. Lea el texto del veto. Vea cómo sigue la tramitación del proyecto.
pROYECTO LEY SOBRE CLONACION, BCN.CL SALUDOS rODRIGO gONZÁLEZ FERNÁNDEZ, CONSULTAJURIDICA.BLOGSPOT.COM

miércoles, noviembre 16, 2005

El gran mugido


¿PUEDES EQUIVOCARTE?
El gran mugido 
 
Esta gazetta reseña el último libro de Seth Godin, The Big Moo. ¿Por qué es interesante mugir? ¿Cómo hacerlo?
 
Seth Godin es un personaje peculiar. Fundador de una empresa de marketing interactivo, que vendió a Yahoo en 1998, Godin publicó ese mismo año su Permission Marketing, donde sentaba las bases teóricas de la disciplina. Le siguió un nuevo concepto: el “ideavirus”. En su ebook sobre el tema (el más popular de la historia, con un millón de descargas), Godin analizó por qué ciertos conceptos se propagan –y otros no.
 
La necesidad de ser visible en un mercado fragmentado donde la calidad ya no es suficiente diferenciador (los consumidores la dan por supuesta) llevó a Godin a publicar en el 2003 Purple Cow. Allí introducía en concepto de “notoriedad necesaria”: para sobrevivir, las empresas debían ser visibles a los ojos del consumidor. Las empresas tienen que aspirar a convertirse en una vaca lila en un prado lleno de vacas marrones, como el propio autor resume en “Fast Company”.
 
El siguiente paso fue compilar, vía web, un directorio de “toros”, que es como Godin denominó a los agentes de cambio capaces de apoyar a sus clientes a fin de que se transformen en vacas lilas. Manfatta fue incluida (página 159, para ser exactos) en el Bull Directory (2004).
 
De vacas y toros al mugido sólo queda un paso más. El que da ahora Godin. The Big Moo aplica los principios que postula. El libro salió a la venta en Amazon cuando aún no estaba terminado. Los beneficios se destinan a tres ONGs seleccionadas por los autores, que han participado de forma altruista. En otras palabras: Godin ha convencido a 32 gurús con tarifas astronómicas (la entrada a la conferencia de Tom Peters en Madrid el próximo febrero cuesta 1500 euros) para que trabajen gratis y ha persuadido a los lectores para que pagasen por un libro que no existía.
 
The Big Moo te interesará si te interesa el Neomarketing y, en concreto, lo que denomino el “Individualismo diferenciador” entendido como “eres distinto: se quien eres y se lo mejor que puedas ser”. Este manifiesto desarrolla la idea de notoriedad y cómo se consigue. Recojo a continuación algunas afirmaciones que me han llamado la atención:
 
Notoriedad = “saber que una idea arriesgada puede salir mal pero una idea aburrida seguro que sale mal”.
 
“Hoy hay una manera segura de fracasar: aburrir”
 
“¿Qué le pasaría a tu empresa si todos sus productos fueran gratis y dependiera de las donaciones que hicieran los clientes? ¿Cómo tratarías entonces a los clientes? ¿Qué cambiarías a fin de sobrevivir?”
 
“¿Y si multiplicáramos los precios por diez? ¿Y si cobráramos sólo una décima parte? En cada caso, ¿qué pasaría?”
 
“¿Qué es lo que te da miedo exactamente? Que el jefe te chille, que te eche, que la empresa cierre por inanición, que no te promocionen… (…) Encogerte no te llevará al éxito.”
 
“Comete errores rápidos y baratos”
 
Mi valoración
Para leer The Big Moo es necesario tener en cuenta la distancia cultural que separa la mentalidad emprendedora norteamericana de la nuestra.  Allí un emprendedor lo intentó (si fracasó no es lo más importante). Aquí, un emprendedor fracasó (que lo intentara no cuenta).
 
Personalmente la teoría del mugido me atrae porque me parece alentadora. Me parece alentador que alguien te diga que puedes equivocarte, que no arriesgar es arriesgado, que en la diferencia está la visibilidad y en la visibilidad, la supervivencia. Soy consciente, por el contexto cultural al que antes aludía, que entre nosotros un predicamento de este tipo prosperará poco. Pero no importa, porque como dicen los 33, “no hay que tener miedo a llamar la atención.”
 
¿Te apuntas a mugir? Esta conversación continua en blog y en esta gazetta, que vuelve a tu buzón el día 1 de diciembre. Hasta entonces, muuuuuu.
 

Neus
 
Neus es socia directora de Manfatta SL, productora de comunicación
La gazetta: ISSN 1697-0918


Saludos Rodrigo González Fernández, desde la consultajuridica.blogspot.com

martes, noviembre 08, 2005


Listo para ser ley el proyecto contra la clonación humana
El 12 de octubre de 2005 el Congreso Nacional finalizó la tramitación del proyecto de ley que regula la investigación científica en el ser humano y que prohíbe su clonación. Se espera la promulgación por parte del Ejecutivo para que se convierta en ley. El texto sanciona con presidio de entre 541 días y cinco años a quien clone o inicie un proceso para clonar a un ser humano (sin importar objetivos ni método) o para quien realice cualquier procedimiento eugenésico (manipulación genética con el objetivo de "mejorar la especie").
Además el infractor quedará inhabilitado para ejercer su profesión mientras dure la condena. Si hay reincidencia, la prohibición será perpetua. En tanto, quien desarrolle un proyecto de investigación científica biomédica en seres humanos o en su genoma sin contar con las autorizaciones correspondientes, será suspendido por tres años del ejercicio profesional. En caso de reincidencia, tendrá prohibición absoluta de ejercer en todo Chile. Sin embargo lo anterior, la ley permite que se realicen cultivos de tejidos y de órganos para fines terapéuticos o de investigación, siempre y cuando las células no provengan de embriones humanos. La idea es fijar límites éticos para el trabajo de la ciencia en las personas. En cuanto a las regulaciones sobre investigación científica, la futura norma establece que toda investigación científica en un ser humano deberá contar, por escrito, con su consentimiento previo, expreso, libre e informado. A la persona se le deben dar a conocer los aspectos esenciales de la investigación, su finalidad, beneficios, riesgos y los procedimientos o tratamientos alternativos. Además tendrá derecho a no autorizar la investigación o de revocar su consentimiento en cualquier momento y por cualquier medio, sin que ello importe responsabilidad, sanción o pérdida de beneficio alguno. Asimismo, toda investigación científica en seres humanos que implique algún tipo de intervención física o psíquica deberá ser realizada siempre por profesionales idóneos en la materia. No podrá desarrollarse una investigación si riesgo de destrucción, muerte o lesión corporal grave y duradera para la persona. Además se debe contar con la autorización del Comité de Etica de la entidad que hará la investigación. Este proyecto ingresó al Senado el 12 de marzo de 1997 y nació de una moción de los senadores Sergio Páez, Mariano Ruiz-Esquide, Andrés Zaldívar y los entonces senadores Juan Hamilton y Nicolás Díaz. Vea cómo se tramitó este proyecto Vea el tema en profundidad "Clonación humana"
Desde la bcn, clonación humana, saludos Rodrigo González Fernández

Listo para ser ley el proyecto contra la clonación humana
El 12 de octubre de 2005 el Congreso Nacional finalizó la tramitación del proyecto de ley que regula la investigación científica en el ser humano y que prohíbe su clonación. Se espera la promulgación por parte del Ejecutivo para que se convierta en ley. El texto sanciona con presidio de entre 541 días y cinco años a quien clone o inicie un proceso para clonar a un ser humano (sin importar objetivos ni método) o para quien realice cualquier procedimiento eugenésico (manipulación genética con el objetivo de "mejorar la especie").
Además el infractor quedará inhabilitado para ejercer su profesión mientras dure la condena. Si hay reincidencia, la prohibición será perpetua. En tanto, quien desarrolle un proyecto de investigación científica biomédica en seres humanos o en su genoma sin contar con las autorizaciones correspondientes, será suspendido por tres años del ejercicio profesional. En caso de reincidencia, tendrá prohibición absoluta de ejercer en todo Chile. Sin embargo lo anterior, la ley permite que se realicen cultivos de tejidos y de órganos para fines terapéuticos o de investigación, siempre y cuando las células no provengan de embriones humanos. La idea es fijar límites éticos para el trabajo de la ciencia en las personas. En cuanto a las regulaciones sobre investigación científica, la futura norma establece que toda investigación científica en un ser humano deberá contar, por escrito, con su consentimiento previo, expreso, libre e informado. A la persona se le deben dar a conocer los aspectos esenciales de la investigación, su finalidad, beneficios, riesgos y los procedimientos o tratamientos alternativos. Además tendrá derecho a no autorizar la investigación o de revocar su consentimiento en cualquier momento y por cualquier medio, sin que ello importe responsabilidad, sanción o pérdida de beneficio alguno. Asimismo, toda investigación científica en seres humanos que implique algún tipo de intervención física o psíquica deberá ser realizada siempre por profesionales idóneos en la materia. No podrá desarrollarse una investigación si riesgo de destrucción, muerte o lesión corporal grave y duradera para la persona. Además se debe contar con la autorización del Comité de Etica de la entidad que hará la investigación. Este proyecto ingresó al Senado el 12 de marzo de 1997 y nació de una moción de los senadores Sergio Páez, Mariano Ruiz-Esquide, Andrés Zaldívar y los entonces senadores Juan Hamilton y Nicolás Díaz. Vea cómo se tramitó este proyecto Vea el tema en profundidad "Clonación humana"
Desde la bcn, clonación humana, saludos Rodrigo González Fernández