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lunes, marzo 19, 2012

Piñera entrega sus razones para rechazar aborto terapéutico

Piñera entrega sus razones para rechazar aborto terapéutico

Sebastián Piñera Foto: Agencia UNO

Sebastián Piñera
18 de marzo de 2012
Foto: Agencia UNO

SANTIAGO.- El Presidente de la República, Sebastián Piñera, realizó una fuerte defensa del derecho a la vida y su rechazo a la idea de legalizar el aborto terapéutico en el país.

En una columna titulada como "Mi compromiso con la vida" publicada este domingo en El Mercurio, el mandatario da las razones de su posición, aunque admite que es "un debate legítimo y necesario en una sociedad democrática y plural como la nuestra".

"No debemos plantear este debate presumiendo mala fe o descalificando al contendor , sino argumentando, con respeto y seriedad, en base a principios, convicciones y la búsqueda del bien común", señala.

"Soy contrario a la legalización del aborto, por múltiples razones y de diversa naturaleza", dice el mandatario, quien recalca que su postura la ha mantenido "en público y en privado" y que ha quedado consignada en los programas presidenciales en sus dos candidaturas.

En primer lugar, resalta una razón jurídica: "Nuestra Constitución Política asegura a todas las personas el derecho a la vida. Y tanto la Corte Suprema con el Tribunal Constitucional han fallado invariablemente que, de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico, el niño por nacer es también una persona, cuya vida debe ser protegida.

En segundo lugar, Piñera afirma que "en la duda, siempre es mejor optar por la vida. Tratándose de cuestiones que involucran la vida o la dignidad humana, en consecuencia, más vale ser prudentes que proceder de manera apresurada".

"La tercera razón es que no se trata de una decisión que competa solamente a la madre o a los padres del niño que está por nacer. Está involucrada también la vida de un ser nuevo, único, irrepetible y distinto a sus padres, que debe ser defendida con mayor fuerza, precisamente por su condición de plena inocencia e indefensión".

"La cuarta razón es de orden religioso. Como cristiano, creo en la vida como un don de Dios. Sólo Él tiene el poder para dar la vida y quitarla. Por eso, soy partidario de proteger la vida y dignidad humana desde su concepción hasta la muerte natural. Y, por lo mismo, soy también contrario a la eutanasia y la pena de muerte".

Sobre al aborto eugenésico, Piñera fue muy crítico al respecto pues, a su juicio, "supondría el derecho a clasificar a seres humanos en superiores e inferiores" en base a si merecen o no vivir.

"En consecuencia, debemos intentar desentrañar sus causas profundas, comprender mejor sus consecuencias e implementar mejores políticas públicas para prevenir los abortos y los embarazos no deseados". Tras estas palabras, el Presidente destaca las políticas públicas del Gobierno, como la ampliación del ponsatal de tres a seis meses y su cobertura y los programas de maternidad vulnerable y el dirigido a las madres adolescentes del Sernam.

"Estoy seguro de que ninguna madre que recurre al aborto lo hace sin un profundo desgarro interior", asevera.

"Algunos esgrimen que Chile sería un país menos moderno y civilizado por no imitar lo que han hecho otras naciones supuestamente más desarrolladas, donde el aborto no sólo es legal, sino ampliamente aceptado. Pero están equivocador. Olvidan que Chile tiene una tradición más que centenaria de protección de derechos fundamentales. Que fuimos uno de los primeros países del mundo en establecer la libertad de vientres y prohibir la esclavitud", afirma.

Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
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La obesidad afecta la salud y el bolsillo de la sociedad

La obesidad afecta la salud y el bolsillo de la sociedad

Por: | 8:41 p.m. | 18 de Marzo del 2012

Gordos
Foto:

Peter Singer, experto en bioética, señala que el sobrepeso de algunos impone costos a otros.

Estamos engordando. En Australia, los Estados Unidos y muchos otros países, ha llegado a ser algo común ver a personas tan gruesas que anadean en lugar de andar. El más pronunciado es el aumento de la obesidad en el mundo desarrollado, pero se está dando también en países pobres y de renta media. (Lea más sobre este tema aquí)

¿Es el peso de una persona asunto sólo suyo? ¿Debemos simplemente mostrarnos más tolerantes con las diversas formas corporales? No lo creo. La obesidad es un asunto ético, porque elsobrepeso de algunos impone costos a otros.

Estoy escribiendo esto en un aeropuerto. Una mujer asiática menuda ha facturado unos 40 kilogramos de maletas y cajas. Paga un suplemento por superar el límite de peso. Un hombre que debe de pesar al menos 40 kilos más que ella, pero cuyo equipaje no supera el límite, no paga nada. Sin embargo, desde el punto de vista del consumo de combustible del avión, da igual que el peso suplementario sea de equipaje o de grasa corporal.

¿Cobros en aerolíneas?

Tony Webber, execonomista jefe de la compañía aérea australiana Qantas, ha señalado que, desde el 2000, el peso medio de los pasajeros adultos en sus aviones ha aumentado dos kilos. En el caso de un gran avión moderno, como el Airbus A380, eso significa que se debe quemar un suplemento de combustible cuyo costo asciende a 472 dólares en un vuelo de Sídney a Londres.

Si el avión hace ese trayecto en las dos direcciones tres veces al día, en un año gastará un millón de dólares más en combustible o, con los márgenes actuales, un 13 por ciento, aproximadamente, del beneficio de la compañía aérea correspondiente a ese trayecto.

Webber propone que las compañías aéreas fijen un peso normal de los pasajeros de 75 kilos, pongamos por caso. Si un pasajero pesa 100 kilos, se le cobraría un suplemento para sufragar los costos suplementarios de combustible. En el caso de un pasajero que superara el límite de peso en 25 kilos, el suplemento en un viaje de ida y vuelta Sídney-Londres sería de 29 dólares. A un pasajero que solo pesara 50 kilos se le haría un descuento del mismo importe.

Otra forma de lograr el mismo objetivo sería la de fijar un peso normal para los pasajeros y el equipaje y después pedir a los viajeros que montaran en las básculas con su equipaje, lo que presentaría la ventaja de no resultar embarazoso a quienes no deseen revelar su peso.

Los costos ambientales

Los amigos con los que hablo de esta propuesta dicen con frecuencia que muchas personas obesas no pueden eliminar su exceso de peso: simplemente tienen un metabolismo diferente de los demás; pero la razón para cobrar un recargo por el peso suplementario no es la de castigar un pecado, ya se aplique al equipaje o a las personas.

Es una forma de recuperar el verdadero costo de llevar en el vuelo hasta su destino al pasajero correspondiente, en lugar de imponérselo a los demás pasajeros. Volar es algo diferente de la atención de salud, pongamos por caso. No es un derecho humano.

Un aumento en la utilización del combustible para aviones de reacción no solo entraña un costo financiero, sino también un costo medioambiental, pues las emisiones de gases que provocan el efecto de invernadero intensifican el calentamiento planetario.

Se trata de un ejemplo menor de cómo el tamaño de nuestros conciudadanos nos afecta a todos. Cuando las personas se vuelven cada vez más gruesas y pesadas, pocas de ellas caben en los asientos de un autobús o un tren, lo que aumenta los costos del transporte público.

Ahora los hospitales deben encargar camas y mesas de operaciones más resistentes, construir retretes de mayor tamaño e incluso instalar refrigeradores mayores en sus depósitos de cadáveres, los cuales contribuyen al aumento de sus costos.

De hecho, la obesidad impone un costo mucho más importante desde el punto de vista de la atención de salud más en general.

El año pasado, la Sociedad de Actuarios calculó que en Estados Unidos y Canadá los gastos suplementarios en atención de salud de las personas con exceso de peso u obesas fueron de 127.000 millones de dólares, que suman centenares de dólares de costos anuales de atención de salud de los contribuyentes y de los que pagan seguros privados de salud.

Equilibrar la balanza

En el mismo estudio se indicaba que los costos de la pérdida de productividad, tanto entre quienes aún trabajan como entre los que no pueden trabajar en absoluto por la obesidad, ascendieron a 115.000 millones de dólares.

Esos datos son suficientes para justificar unas políticas públicas que disuadan de aumentar de peso. Gravar los alimentos que contribuyen desproporcionadamente a la obesidad -en particular los que carecen de valor nutricional, como, por ejemplo, las bebidas azucaradas- sería de ayuda.

Después se podrían utilizar los ingresos así recaudados para compensar los costos suplementarios que las personas con exceso de peso imponen a las demás y el aumento del costo de dichos alimentos podría disuadir de su consumo a las personas que corren riesgo de obesidad, solo superado por el tabaco como causa principal de la muerte prevenible.

Muchos de nosotros estamos preocupados, y con razón, por si nuestro planeta puede mantener a una población humana que ha superado los siete mil millones de personas, pero debemos pensar en el tamaño de la población humana no solo en cuanto al número, sino también a su masa. Si valoramos el bienestar humano sostenible y el medio ambiente natural de nuestro planeta, mi peso -y el suyo- es asunto de todos.

Copyright: Project Syndicate, 2012.
www.project-syndicate.org
Traducido del inglés por Carlos Manzano.

Peter Singer

Profesor de Bioética en la Universidad de Princeton, en Estados Unidos, y profesor laureado en la Universidad de Melbourne (Australia). Algunos de sus libros son 'Animal Liberation' ('Liberación animal'), 'Practical Ethics' ('Ética práctica'), 'The Expanding Circle' ('El círculo en expansión') y 'The Life You Can Save' ('La vida que usted puede salvar').

Peter Singer
Melbourne (Australia)


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Uruguay: conmoción por supuestos casos de eutanasia

Uruguay: conmoción por supuestos casos de eutanasia

Mutual española de Montevideo

El Ministerio de Salud Pública de Uruguay anunció una revisión de los servicios médicos luego de la detención de tres enfermeros a quienes se señala de haber participado en al menos cincuenta muertes "sospechosas" ocurridas en los últimos dos años en dos hospitales de Montevideo.

La policía uruguaya empezó la investigación, bautizada "Operación Ángeles", hace dos meses luego de que se reportaran las muertes inesperadas de pacientes en el hospital Maciel y el centro médico de la mutualista Asociación Española.

El juez que lleva el caso, Rolando Vomero, acusó a dos de los profesionales de la salud de "homicidio especialmente agravado" y a un tercero de "encubrimiento".

Vomero dijo a la prensa uruguaya que personal de los hospitales involucrados y familiares de supuestas víctimas afirman que podría tratarse de muchos casos más.

Aunque la justicia maneja la cifra de medio centenar de casos, fuentes policiales citadas por medios locales sugieren que podría haber hasta 200.

Según informan medios de prensa uruguayos, al menos uno de los implicados, quienes aparentemente no tendrían conexión entre ellos, habría reconocido su responsabilidad en decenas de casos.

El ministerio de Salud informó mediante un comunicado que está revisando los "servicios afectados" para "recabar más datos que colaboren con la investigación policial y judicial".

Aunque no hubo declaraciones luego de una reunión de urgencia este domingo de las principales autoridades del ministerio, el comunicado afirma que el ministro, Jorge Venegas, expresó su "más honda preocupación sobre el tema".

"Comportamiento psicopático".

hospital maciel de montevideo, uruguay

El Hospital Maciel de Montevideo es el otro centro de salud envuelto en la investigación.

El corresponsal de BBC Mundo en el Cono Sur, Vladimir Hernández, explicó que aunque los acusados habrían reconocido haber inducido la muerte por "razones humanitarias" a enfermos en los últimos dos años, los investigadores afirman que no todas las víctimas eran terminales.

"Los investigadores creen que los trabajadores de la salud habrían dado a los pacientes un veneno traído del vecino Brasil", explicó Hernández.

"Una teoría que la policía estaría investigando es que los enfermeros podrían haber estado trabajando independientemente el uno del otro, ya que los métodos usados varían de paciente en paciente", dice nuestro corresponsal.

Un portavoz de uno de los hospitales involucrados aseguró a la prensa uruguaya que las muertes fueron producto de lo que definió como "comportamiento psicopático" de los acusados y en ninguna manera una práctica de la institución médica.

Por su parte la Federación de Funcionarios de Salud Pública uruguaya emitió un comunicado en el que se deslinda de "todo tipo de responsabilidad con los hechos, que nada tienen que ver con nuestros principios, de una salud para todos basado (sic) en la vida como un derecho humano fundamental".

"Lamentamos profundamente la inseguridad que estos trascendidos generan a nuestros usuarios que reiteramos que son situaciones aisladas que no involucran a los demás trabajadores".

Los estudios forenses para determinar las razones exactas de las muertes que han sido consideradas sospechosas por los investigadores de la Operación Ángeles podrían tomar varios días.

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domingo, marzo 18, 2012

Presidente Piñera: Mi compromiso con la vida


Mi compromiso con la vida

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Sebastián Piñera Marzo 16 de 2012

He seguido con mucha atención el debate sobre el aborto, luego que la Comisión de Salud del Senado aprobara tres proyectos de ley tendientes a despenalizarlo, bajo ciertas circunstancias.

Antes de expresar mi posición respecto del fondo, creo útil y necesario hacer dos consideraciones de forma. La primera es que éste es un debate legítimo y necesario en una sociedad democrática y plural como la nuestra. La segunda es que no debemos plantear este debate presumiendo mala fe o descalificando al contendor, sino argumentando, con respeto y seriedad, en base a principios, convicciones y la búsqueda del bien común.

Respecto al fondo, como todo el país sabe, soy contrario a la legalización del aborto, por múltiples razones y de diversa naturaleza. Me asiste la tranquilidad de ser ésta una posición que he mantenido en público y en privado durante toda mi vida, incluido el período en que fui senador, dos veces candidato a la Presidencia, y así quedó consignado en los respectivos programas presidenciales, y que hoy ratifico como Presidente de la República.

Esta firme y clara posición se sustenta en argumentos de distinta naturaleza. Primero, de carácter jurídico. Nuestra Constitución Política asegura a todas las personas el derecho a la vida. Y tanto la Corte Suprema como el Tribunal Constitucional han fallado invariablemente que, de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico, el niño por nacer ( nasciturus ) es también una persona, cuya vida debe ser protegida. Y por si esto fuera poco, la propia Constitución le encarga al legislador la adopción de las medidas necesarias para "proteger la vida del que está por nacer".

La segunda razón es de orden práctico. En la duda siempre es mejor optar por la vida. Porque aún si no tuviéramos certeza respecto del tratamiento jurídico que ha de darse a una vida humana en gestación, lo correcto y sabio es asumir una posición humilde y optar por aquella que sea más favorable a la protección y desarrollo de esa vida. Tratándose de cuestiones que involucran la vida o la dignidad humana, en consecuencia, más vale ser prudentes que proceder de manera apresurada.

La tercera razón es que no se trata de una decisión que competa solamente a la madre o a los padres del niño que está por nacer. Está involucrada también la vida de un ser nuevo, único, irrepetible y distinto a sus padres, que debe ser defendida con mayor fuerza, precisamente por su condición de plena inocencia e indefensión.

La cuarta razón es de orden religioso. Como cristiano, creo en la vida como un don de Dios. Sólo Él tiene el poder para dar la vida y el derecho a quitarla. Por eso, soy partidario de proteger la vida y dignidad humana desde su concepción hasta la muerte natural. Y, por lo mismo, soy también contrario a la eutanasia y la pena de muerte.

Sin perjuicio de ello, estoy consciente de que este argumento de naturaleza religiosa, por sí solo, no es suficiente para justificar una prohibición estatal absoluta del aborto en nuestro país. Entre otras razones, porque no tiene sentido debatir en la esfera pública desde convicciones puramente religiosas, que no son susceptibles de ser deliberadas, ni pueden ni deben quedar sujetas a las reglas de mayorías, propias de un sistema democrático.

Buena parte de la discusión de estos días se ha centrado en el que es, sin duda, el caso más dramático al que una madre embarazada puede verse enfrentada: tener que decidir si realizarse o no un tratamiento médico, que le permitiría salvar su vida, pero a costa de poner en riesgo la del hijo o hija que lleva en su vientre. Afortunadamente, los avances de la ciencia y la medicina han hecho que la posibilidad de una colisión ineludible entre estas dos vidas sea altamente improbable. Pero aun así, no estamos en condiciones de descartar que situaciones como ésta puedan producirse. Para estos casos excepcionales y extremos, no cabe duda de que tanto nuestro ordenamiento jurídico como los protocolos médicos autorizan a intervenir, quirúrgica o terapéuticamente, para salvar a la madre si así ella lo decide, aun cuando, como efecto no deseado ni buscado, dicha intervención pudiere poner en riesgo la vida del hijo. En pocas palabras, si la madre opta por realizarse el tratamiento que le salvará su vida, pero no la de su hijo, no estaríamos frente a un caso de aborto. De la misma manera que si decide optar por la vida de su hijo y arriesgar o sacrificar la suya propia, decisión que debe respetarse, no estaría cometiendo suicidio. Se trata de una decisión, sin duda, desgarradora, frente a la cual la sociedad puede y debe acompañar y dar apoyo a la familia afectada, pero en ningún caso juzgarla, ni menos aún condenarla.

Por otra parte, los argumentos en favor del aborto eugenésico, que es el que se propugna para situaciones de inviabilidad o malformaciones del feto, y del que ha sido denominado aborto ético-social, que permitiría poner término a un embarazo que ha sido consecuencia de una violación, son incorrectos, puesto que supondrían atribuirnos el derecho a clasificar a seres humanos en superiores -aquellos que merecen vivir- e inferiores -aquellos que no merecen vivir-, y, además, condenar a muerte a seres absolutamente indefensos e inocentes de las circunstancias de su concepción.

Pero no basta simplemente con oponerse al aborto, aunque sea con muy buenas razones. No sabemos con certeza cuántos abortos provocados se realizan cada año en Chile, entre otras razones, porque se trata de una conducta ilícita, por lo que la inmensa mayoría de quienes lo realizan lo hacen de manera clandestina y secreta, para evitar ser objetos de una sanción penal. Pero sí sabemos que, lamentablemente, no se trata de una práctica aislada en nuestro país, sino que su número se contaría, en el mejor de los casos, en decenas de miles cada año. Es decir, estamos frente a una situación dramática no sólo para esos miles de niños que nunca llegarán a nacer, sino también para su madre, su familia y la sociedad toda.

En consecuencia, debemos intentar desentrañar sus causas profundas, comprender mejor sus consecuencias e implementar mejores políticas para prevenir los abortos y los embarazos no deseados. Éste ha sido un compromiso central de nuestro Gobierno, a través de múltiples políticas públicas, entre las que quisiera destacar: primero, la ampliación del posnatal de tres a seis meses y la ampliación de su cobertura, de una de cada tres, a la totalidad de las mujeres trabajadoras en edad fértil, beneficiando así, potencialmente, a dos y medio millones de mujeres chilenas. De esta forma pretendemos que la maternidad nunca sea un obstáculo para acceder a un trabajo, ni el trabajo un obstáculo para ser madre.

Segundo, el programa de maternidad vulnerable, que desarrolla el Sernam, y que ya ha beneficiado a más de 55 mil mujeres. Este programa, que incluye a sicólogos, abogados, sociólogos y asistentes sociales, presta atenciones presenciales y en línea a mujeres con problemas relacionados con el embarazo o la maternidad, tales como acceso al pre y posnatal, depresión pre y posparto, embarazos no deseados, duelo por pérdida de un hijo, problemas de pensión de alimentos, tuiciones, etc.

Y tercero, el programa del Sernam orientado a las madres adolescentes, que atiende a miles de mujeres en materia de reinserción educacional y laboral, cuidado de niños, prevención de nuevos embarazos no deseados, etc.

Estos programas son especialmente útiles y necesarios, porque estoy seguro de que ninguna madre que recurre al aborto lo hace sin un profundo desgarro interior y, la mayoría de las veces, impulsada por un sentimiento de angustia y abandono. Detrás de esta acción, muchas veces se esconden la desesperación, el desamparo y la incomprensión de la sociedad, y muchas veces también de su familia, lo que la hace sentirse incapaz o imposibilitada de llevar a feliz término su embarazo.

Algunos esgrimen que Chile sería un país menos moderno y civilizado por no imitar lo que han hecho otras naciones supuestamente más desarrolladas, donde el aborto no sólo es legal, sino ampliamente aceptado. Pero están equivocados. Olvidan que Chile tiene una tradición más que centenaria de protección de derechos fundamentales. Que fuimos uno de los primeros países del mundo en establecer la libertad de vientres y prohibir la esclavitud. Y que precisamente la forma como una sociedad trata a sus miembros más débiles -los adultos mayores, los enfermos, los más pobres, los que sufren alguna discapacidad y los niños que están por nacer- dice mucho más sobre el grado de su civilización que su riqueza material, o la altura de sus edificios, o la calidad de su infraestructura o su poderío militar.

Foto: Alex Moreno

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jueves, marzo 15, 2012

reitero: Argentina: El Centro de Bioética analizó el fallo de la Corte Suprema

El Centro de Bioética analizó el fallo de la Corte Suprema
 
  • alcance de la causal de no punibilidad del aborto contenida en el artículo 86, inciso 2, del Código Penal
 
Buenos Aires, 14 Mar. 12 (AICA)
Fallo de la Corte Suprema

Fallo de la Corte Suprema

María Inés Franck y Nicolás Lafferriere, del Centro de Bioética, Persona y Familia, hizo un primer y sintético análisis del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) sobre el alcance de la causal de no punibilidad del aborto contenida en el artículo 86, inciso 2, del Código Penal. Una decisión que consideraron "particularmente grave por violentar el derecho a la vida de las personas por nacer".
 
     Alcances del fallo: la sentencia se limita a una interpretación del artículo 86, inciso 2°, del Código Penal, que establece la no punibilidad del aborto si el embarazo proviene de una "violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente" y en tal sentido la CSJN emite un fallo declarativo en el que sostiene:

     a. Que el caso previsto en el artículo 86 inciso 2° debe interpretarse como comprendiendo toda violación, ya sea que se trate de una mujer idiota o demente o de cualquier mujer.
     b. Que no hace falta autorización judicial para la realización del aborto en tal caso.
     c. Que no hace falta ningún tipo de prueba de la violación, bastando una mera declaración jurada.
     d. Que se deben dictar protocolos para la realización de estos abortos no punibles en todo el país, que contemplen la objeción de conciencia de los profesionales pero que obliguen a todas las instituciones de salud a dar cumplimiento a estos supuestos.

     1. Carácter relativo del derecho a la vida: El fallo reconoce en los considerandos 9 a 13 que comienza la existencia de la persona desde el momento de la concepción, pero concluye señalando que su derecho a la vida no es absoluto, en clara contradicción con el sistema internacional de Derechos Humanos, con el ordenamiento jurídico argentino de orden interno y con importantes precedentes de la misma CSJN.

     2. El principio pro homine: Aunque el fallo menciona el principio del in dubio pro homine (considerando 17), no lo aplica a la persona por nacer y sus derechos, asumiendo una interpretación que contradice dicho principio al negar vigencia real al derecho a la vida del niño por nacer.

     3. La discriminación: Se señala como fundamento del fallo "los principios de igualdad y de prohibición de toda discriminación". (Considerando 15). Sin embargo, el fallo establece un arbitrario orden de prelación entre Derechos Humanos, admitiendo que no todos los concebidos son "iguales" ni gozan de los mismos derechos humanos. Ello implica una clara discriminación según sea el origen de la concepción y la creación de distintas categorías de ciudadanos.

     4. La dignidad de la persona conculcada: En el considerando 16 se afirma: "(…) de la dignidad de las personas (…) se desprende el principio que las consagra como un fin en sí mismas y proscribe que sean tratadas utilitariamente. Este principio de inviolabilidad de las personas impone rechazar la exégesis restrictiva de la norma según la cual ésta sólo contempla, como un supuesto de aborto no punible, al practicado respecto de un embarazo que es la consecuencia de una violación a una incapaz mental". (Considerando 16). Sorprende que la Corte Suprema recurra a la dignidad e inviolabilidad de la vida para justificar la eliminación de las personas por nacer, seres humanos igualmente dignos e inviolables, que en este caso no son respetados como fin en sí mismos.

     5. Objeción de conciencia: Si bien reconoce el derecho a la objeción de conciencia para los profesionales de la salud, en el considerando 29 parece desconocer el respeto por la denominada "objeción de conciencia institucional" que protege a las instituciones que, en virtud de su ideario, puedan tener una cosmovisión que impida llevar adelante una práctica que afecta el derecho a la vida.

     6. Responsabilidad internacional del Estado: Señaló la CSJN que de resolver de forma contraria, es decir, de acuerdo a la interpretación restrictiva -interpretando que el artículo en cuestión contiene una causal de inimputabilidad sólo para el supuesto del aborto realizado por la mujer idiota o demente-, el Estado argentino incurriría en responsabilidad internacional, pues estaría desatendiendo las recomendaciones de los organismos internacionales destacados (vgr. considerandos 6 y 13). En realidad, la mayor responsabilidad del Estado es para con sus ciudadanos en el respeto de su derecho a la vida con independencia del origen de la concepción.

     7. La prueba de la violación: En el considerando N° 26 estableció la Corte que "no exige ni la denuncia ni la prueba de la violación como tampoco su determinación judicial para que una niña, adolescente o mujer pueda acceder a la interrupción de un embarazo producto de una violación". La eximición de la prueba de la violación repercutirá directamente sobre la efectiva persecución del violador, único culpable de semejante situación y merecedor de la más estricta sanción por parte del Estado. Además, la no exigencia de una prueba fehaciente de la comisión del delito, se puede prestar a falsas denuncias y por tanto, extendería la causal de inimputabilidad a cualquier caso, con graves consecuencias.+

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Argentina: El Centro de Bioética analizó el fallo de la Corte Suprema

 
 
El Centro de Bioética analizó el fallo de la Corte Suprema

 

  • el alcance de la causal de no punibilidad del aborto contenida en el artículo 86, inciso 2, del Código Penal
 
Buenos Aires, 14 Mar. 12 (AICA)
Fallo de la Corte Suprema

Fallo de la Corte Suprema

María Inés Franck y Nicolás Lafferriere, del Centro de Bioética, Persona y Familia, hizo un primer y sintético análisis del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) sobre el alcance de la causal de no punibilidad del aborto contenida en el artículo 86, inciso 2, del Código Penal. Una decisión que consideraron "particularmente grave por violentar el derecho a la vida de las personas por nacer".
 
     Alcances del fallo: la sentencia se limita a una interpretación del artículo 86, inciso 2°, del Código Penal, que establece la no punibilidad del aborto si el embarazo proviene de una "violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente" y en tal sentido la CSJN emite un fallo declarativo en el que sostiene:

     a. Que el caso previsto en el artículo 86 inciso 2° debe interpretarse como comprendiendo toda violación, ya sea que se trate de una mujer idiota o demente o de cualquier mujer.
     b. Que no hace falta autorización judicial para la realización del aborto en tal caso.
     c. Que no hace falta ningún tipo de prueba de la violación, bastando una mera declaración jurada.
     d. Que se deben dictar protocolos para la realización de estos abortos no punibles en todo el país, que contemplen la objeción de conciencia de los profesionales pero que obliguen a todas las instituciones de salud a dar cumplimiento a estos supuestos.

     1. Carácter relativo del derecho a la vida: El fallo reconoce en los considerandos 9 a 13 que comienza la existencia de la persona desde el momento de la concepción, pero concluye señalando que su derecho a la vida no es absoluto, en clara contradicción con el sistema internacional de Derechos Humanos, con el ordenamiento jurídico argentino de orden interno y con importantes precedentes de la misma CSJN.

     2. El principio pro homine: Aunque el fallo menciona el principio del in dubio pro homine (considerando 17), no lo aplica a la persona por nacer y sus derechos, asumiendo una interpretación que contradice dicho principio al negar vigencia real al derecho a la vida del niño por nacer.

     3. La discriminación: Se señala como fundamento del fallo "los principios de igualdad y de prohibición de toda discriminación". (Considerando 15). Sin embargo, el fallo establece un arbitrario orden de prelación entre Derechos Humanos, admitiendo que no todos los concebidos son "iguales" ni gozan de los mismos derechos humanos. Ello implica una clara discriminación según sea el origen de la concepción y la creación de distintas categorías de ciudadanos.

     4. La dignidad de la persona conculcada: En el considerando 16 se afirma: "(…) de la dignidad de las personas (…) se desprende el principio que las consagra como un fin en sí mismas y proscribe que sean tratadas utilitariamente. Este principio de inviolabilidad de las personas impone rechazar la exégesis restrictiva de la norma según la cual ésta sólo contempla, como un supuesto de aborto no punible, al practicado respecto de un embarazo que es la consecuencia de una violación a una incapaz mental". (Considerando 16). Sorprende que la Corte Suprema recurra a la dignidad e inviolabilidad de la vida para justificar la eliminación de las personas por nacer, seres humanos igualmente dignos e inviolables, que en este caso no son respetados como fin en sí mismos.

     5. Objeción de conciencia: Si bien reconoce el derecho a la objeción de conciencia para los profesionales de la salud, en el considerando 29 parece desconocer el respeto por la denominada "objeción de conciencia institucional" que protege a las instituciones que, en virtud de su ideario, puedan tener una cosmovisión que impida llevar adelante una práctica que afecta el derecho a la vida.

     6. Responsabilidad internacional del Estado: Señaló la CSJN que de resolver de forma contraria, es decir, de acuerdo a la interpretación restrictiva -interpretando que el artículo en cuestión contiene una causal de inimputabilidad sólo para el supuesto del aborto realizado por la mujer idiota o demente-, el Estado argentino incurriría en responsabilidad internacional, pues estaría desatendiendo las recomendaciones de los organismos internacionales destacados (vgr. considerandos 6 y 13). En realidad, la mayor responsabilidad del Estado es para con sus ciudadanos en el respeto de su derecho a la vida con independencia del origen de la concepción.

     7. La prueba de la violación: En el considerando N° 26 estableció la Corte que "no exige ni la denuncia ni la prueba de la violación como tampoco su determinación judicial para que una niña, adolescente o mujer pueda acceder a la interrupción de un embarazo producto de una violación". La eximición de la prueba de la violación repercutirá directamente sobre la efectiva persecución del violador, único culpable de semejante situación y merecedor de la más estricta sanción por parte del Estado. Además, la no exigencia de una prueba fehaciente de la comisión del delito, se puede prestar a falsas denuncias y por tanto, extendería la causal de inimputabilidad a cualquier caso, con graves consecuencias.+

 

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Rodrigo González Fernández
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LOS DICHOS DE ENA VON BAER QUE IRRITARON AL SENADOR LAGOS WEBER

Ena von Baer por aborto terapéutico: "Una mujer no tiene derecho a interrumpir el embarazo porque sólo presta el cuerpo" al feto

La parlamentaria defendió la opción de rehusarse a legislar sobre la materia y argumentó que la vida debe protegerse en cualquier circunstancia.

 

En el marco de la discusión sobre votación en el Congreso de la posibilidad de legislar acerca del aborto terapéutico, la senador Ena von Baer (UDI) argumentó que no está de acuerdo en sesionar sobre la propuesta, debido a que ésta atentaría contra el derecho a la vida.

Según dijo a Radio Cooperativa, "yo no estoy en contra de que estos temas se discutan. No tengo ningún problema que se discuta, otra cosa es votar a favor de la idea de legislar, porque cuando uno vota a favor de la idea de legislar abre la puerta a que uno crea que este es un tema que tiene que votarse y legislarse".

Asimismo, expresó que su postura es contraria porque "tengo dos niños y a mí me llama mucho la atención, desde el día que quedé embarazada: la vida que se gesta en la mujer es una vida completamente distinta, es un ser humano distinto. Uno podría decirlo en fácil: la mujer le 'presta el hogar', por el tiempo del embarazo a la vida que se esta gestando ahí. Y esa vida tenemos respetarla siempre".

"Es por eso que yo no creo que nosotros tengamos que abrir la puerta , a pongamos en peligro el desarrollo de esa vida porque no tiene derecho, desde mi punto de vida, una mujer que presta el cuerpo, el hogar, a esa vida que se va a desarrollar, a terminar con esa vida", aseveró.

A FAVOR DE DISCUTIR LA PROPUESTA

Por otra parte, la senadora Isabel Allende (PS) señaló que "voy a votar a favor, me parece inconcebible que uno no vote la idea de legislar porque es evadir o impedir una discusión demócratica transversalmente, de cara a la opinión pública".

En respuesta a los dichos de Von Baer, la parlamentaria acotó que "yo también soy mujer y he tenido hijos, pero perdóneme: yo no presto un cuerpo. Yo soy una mujer que tiene un cuerpo y me gustaría que me respetaran, y yo creo es tremendo que una mujer que esta en riesgo de vida, comprobado medicamente, encuentro tremendo que, por legislación impidan el evitar ese riesgo para esa mujer o incluso, que tenga que llevar hasta el final el embarazo, sabiendo que no tienen ninguna viabilidad".

Asimismo, remarcó que "es insólito cuando escucho esto, porque resulta que desde el año '31, hasta el '89 o sea, pasando por la Constitución de los '80, existía legalmente la posibilidad de la interrupción del embarazo por razones medicas , lo que se llamaba aborto terapéutico y ni una duda hubo en su momento y solo, sin discusión alguna, sin ninguna transparencia, en el último instante se abolió en el 89".

"Nosotros no tenemos como legisladores esconder un tema que debe estar en la luz pública y una discusión democrática", dijo.

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Senado posterga nuevamente discusión sobre idea de legislar aborto terapéutico

Senado posterga nuevamente discusión sobre idea de legislar aborto terapéutico

La discusión sobre la idea de legislar en torno a la iniciativa, había quedado como quinto punto en la tabla para hoy, lo que obligó a postergarlo para la próxima semana.

por La Tercera - 14/03/2012 - 17:31
© Agencia UNO

Postergado para el próximo martes o incluso miércoles, quedará la discusión en torno a la idea de legislar las iniciativas sobre aborto terapéutico en la sala del Senado. El tema había quedado puesto en el quinto lugar de la tabla, luego que ayer tampoco alcanzara a ser discutido.

El proyecto ha generado un intenso debate en el Senado desde su puesta en tabla, debido al acuerdo que realizaron las bancadas de la DC, RN y UDI para rechazar la idea de legislar.

Durante la joranda de hoy la polémica ha estado centrada en las declaraciones de la senadora UDI Ena von Baer, quien manifestó que rechazaba la iniciativa porque "una mujer no tiene derecho a interrumpir el embarazo porque sólo presta el cuerpo" al feto.

Las palabras de la parlamentaria por Santiago Oriente generaron diversas reacciones, tanto desde el oficialismo como la oposición.


El vocero de la UDI, Víctor Pérez, manifestó esta tarde su repudio en contra de los dichos del senador Ricardo Lagos Weber, respecto de las declaraciones dadas por la senadora Ena von Baer sobre aborto terapéutico.

Pérez cuestionó la publicación en twitter por parte del parlamentario PPD, quien ironizó las frases de la parlamentaria sobre su rechazo a debatir la legislación de propuestas de aborto terapéutico.

Al respecto, el legislador afirmó que "creo que (Lagos Weber) se refirió groseramente a una senadora. Uno puede aceptar la discrepancia, puede aceptar la crítica, pero la descalificación y la grosería son inaceptables".

En la misma línea agregó que "las declaraciones de la senadora Von Baer son respetables y válidas. Alguien puede discrepar, pero no puede ser atacada de la manera grosera y descalificatoria que lo hizo el senador Lagos".

Por ello, el vocero del gremialismo aseguró que el parlamentario debiera reconsiderar su comentario respecto de la representante de la UDI y ofrecerle una disculpa.

"Emplazo públicamente al senador Lagos Weber a pedir disculpas", remarcó., a la par que le recordó a su par que "cuando alguien ocupó palabras desafortunadas respecto de la Presidenta Bachelet, él salió inmediatamente a exigir disculpas, hoy día el actúa groseramente, con una actitud descalificatoria e intolerancia, por eso el llamado que hacemos es a pedirle disculpas a la senadora Von Baer", concluyó

Fuente:

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miércoles, marzo 14, 2012

Von Baer sobre aborto terapéutico: Una mujer no tiene derecho a abortar pues sólo presta su cuerpo a un bebé

Von Baer sobre aborto terapéutico: Una mujer no tiene derecho a abortar pues sólo presta su cuerpo a un bebé

En el día en que se retoma la discusión en el Congreso sobre el aborto terapéutico, la senadora UDI reiteró su rechazo a legislar en la materia

por:  soychile
miércoles, 14 de marzo de 2012
En el marco de la votación sobre la idea de legislar el proyecto de ley de aborto terapéutico que se realizará hoy en el senado, luego de ser pospuesta este martes, la senadora UDI Ena Von Baer expresó su enérgico rechazo a la propuesta.

En entrevista con Radio Cooperativa, la parlamentaria gremialista defendió su postura contraria a la iniciativa. "Desde el día en que quedé embarazada, que la vida que se gesta dentro de una mujer para mí es una vida completamente distinta. Es un ser humano distinto de la mujer", dijo.

Según la ex ministra, "la mujer, podría decirlo en fácil, le presta el hogar, por el tiempo del embarazo, a la vida que se está gestando ahí. Y esa vida tenemos que respetarla siempre, desde el momento que existe".

En la misma línea añadió que "no tiene derecho, desde mi punto de vista, una mujer que presta el cuerpo en el fondo, presta el hogar a esa vida que se va a desarrollar, a terminar con esa vida
 

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